sábado, 8 de abril de 2017

Bonus por baja siniestralidad


Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral (BOE 24-3-17) 

En cumplimiento de lo establecido en la DA 4ª de la Ley 35/2014, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, se dicta este Reglamento, que sustituye al aprobado por RD 404/2010. 
Con relajación de requisitos respecto del régimen precedente, fija una reducción del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales y del 10% si existe inversión en prevención de riesgos laborales, con el tope máximo coincidente con el importe de la inversión realizada.   
Se desarrolla la posibilidad de que las mutuas puedan percibir de las empresas parte del incentivo concedido. 
Se modifica el RD 625/2014, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT en los primeros 365 días de su duración, incluyendo la competencia de los facultativos de empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social para la emisión de los partes médicos de baja, de confirmación de la baja y de alta médica por curación. 
La norma tiene efectos retroactivos al 1-1-17, pudiendo presentarse las solicitudes desde el 15 de abril al 31 de mayo de cada año.