En concreto, declara inconstitucional la medida establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, de supresión de las dos pagas extraordinarias para los empleados públicos y los pensionistas (aunque admite su mantenimiento en este año para no perjudicar los objetivos de reducción de déficit). Considera que se trata de una decisión que vulnera el principio de igualdad consagrado en el art. 13 de la Constitución de la República Portuguesa, al centrarse sólo en estos colectivos y no afectar al conjunto de trabajadores.
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